La desprotección de la persona autopercibida femenino en la figura del femicidio

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Date
2021-2-2
Authors
Dezarlo, Ximena Soledad
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Como consecuencia de los múltiples casos de violencia de género, y de los tratados internacionales suscriptos por nuestro país, se ha buscado brindar la máxima protección posible a las mujeres que se ven afectadas en sus derechos y garantías. A razón de ello, nuestro país ha incorporado al Código Penal, la figura del femicidio como agravante del homicidio, en caso de que la víctima sea mujer y haya fallecido producto de la violencia de género ejercida contra ella. Si bien existe jurisprudencia nacional e internacional que ha considerado que el homicidio de una víctima autopercibida mujer es considerado femicidio, el Código Penal Argentino no incluye dentro del tipo penal de femicidio a las personas autopercibidas como mujer. En este sentido, el presente trabajo de investigación analiza la legislación vigente en materia de género, así como de la figura del femicidio, a los fines de analizar si en base a la finalidad de la modificación misma y a la luz de los tratados internacionales, el tipo penal comprende a las personas autopercibidas como mujer. La hipótesis por confirmar, o descartar, es que el Código Penal no ha contemplado a la mujer autopercibida dentro de lo normado en el Artículo 80, inciso 11, del Código Penal.
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Keywords
femicidio, identidad de género autopercibida, violencia de género, interpretación, Código Penal, derechos de la mujer, ley 26485
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