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Browsing Universidad Posgrado by Author "Harguindegui, María Victoria"
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ItemInforme final y proyecto de distribución. Art 218 LCQ( 2026) Harguindegui, María VictoriaLa distribución de fondos, producto de la liquidación de los bienes de la quiebra, constituye el objetivo del régimen falencial y es tratado en los artículos 218 al 224 de la Ley de Concursos y Quiebras (LCQ) N° 24.522. En ellos se regulan los requisitos, el modo y el procedimiento de distribución. En el informe final el síndico da a conocer todo lo relativo a la enajenación de los bienes y presenta un proyecto para llevar a cabo la distribución entre los acreedores. El artículo 218 LCQ nos habla que debe contener los siguientes requisitos: Inciso 1- Rendición de cuentas de las operaciones efectuadas en la etapa de liquidación adjuntando sus respectivos comprobantes, con ello se podrá valorar la eficacia de la labor del síndico. Inciso 2- El resultado detallado de la enajenación de los bienes (detallando bienes vendidos, los montos que se obtuvieron de esas ventas, los gastos en los que hubiera ocurrido). Inciso 3- Debe enumerar los bienes que no se pudieron enajenar, los créditos que no pudo cobrar y los créditos que aún se encuentran pendientes, dando una explicación de las causas por las cuales esto ha sucedido. Inciso 4- Debe contener el proyecto de distribución final en el cual se establece el monto que cobrara cada acreedor cuyo crédito fue verificado, debiéndose además efectuar las reservas necesarias.